Con una nueva ley el Ministerio de Justicia quiere erradicar violencia de género
El ministro de Justicia, Néstor Osuna, anunció la implementación de una nueva ley destinada a erradicar los delitos de violencia de género sin recurrir al aumento de las penas existentes.
La medida, detallada en una entrevista concedida a Blu Radio, introduce un enfoque centrado en la reparación de las víctimas y en la aplicación de un principio de oportunidad temporal.
Osuna explicó que esta reforma, que estará consensuada entre la Fiscalía, la Corte Suprema de Justicia y el Gobierno Nacional, propone más opciones de principios de oportunidad y de allanamiento a cargos. “La posibilidad de reparación a las víctimas y de restituir el tejido social que se rompe con una agresión puede ser mucho más justa y efectiva que la amenaza de penas muy largas que luego, puede que se cumplan, puede que no; en eso estamos en plena sintonía con la Fiscalía”, afirmó el ministro.
El principio de oportunidad permitirá que en casos menores de violencia intrafamiliar se puedan tomar medidas alternativas a las penas de cárcel, siempre y cuando se cumplan con las exigencias de protección y reparación a las víctimas. Osuna recalcó que los agresores no se beneficiarán simplemente por no enfrentar penas más severas. “A los agresores no les saldrá tan barato”, subrayó.
Entre las nuevas herramientas que se propondrán se destacan protocolos de investigación más robustos y el rediseño de las comisarías y Defensorías de Familia.
Estas reformas buscan asegurar una atención más especializada y efectiva para las víctimas de violencia de género. “Estamos convencidos de que una estrategia que no pase solo por aumentar las penas será más eficaz. Por eso, esta ley se complementará con un proyecto de ley listo para presentar el próximo 20 de julio llamado Erradicación”, puntualizó el ministro.
‘’(…) Por lo menos intentar erradicar los delitos basados en violencia de género que no contiene, por primera vez, digamos en los años recientes una estrategia simplemente de aumentar las penas, sino, por el contrario, sin tocar las penas. Que ni se aumentan y se disminuyen. Lo que tiene es una cantidad de herramientas para darle a la Fiscalía herramientas especiales de investigación, protocolos de investigación, darles acompañamiento a las víctimas, como rediseñar las comisarías y las comisarías de familia y las Defensoría de Familia. Porque definitivamente es un problema muy claro’’, expresó.
Además, Osuna indicó que se incluirán medidas que permitirán acuerdos entre la víctima y el agresor, donde la reparación puede tomar formas variadas desde el aumento de cuotas alimentarias hasta el cumplimiento de trabajos comunitarios.
“La víctima puede decir sí, yo puedo mandar a mi marido una temporada a la cárcel o si hace esto, si me repara de este modo, si repara a los niños de este modo, si aumenta la cuota, me sentiría reparada”, detalló.
El objetivo principal de esta nueva legislación es abordar las raíces del problema y ofrecer soluciones justas y reparadoras que permitan a las víctimas superar el trauma y reconstruir sus vidas. Este enfoque preventivo y reparador, según el ministro, puede resultar más eficiente que las penas largas que no siempre se cumplen a cabalidad.
“Esta forma de respuesta estatal podría ser más efectiva que amenazar con penas largas, ya que busca prevenir la violencia y reparar el daño causado,” insistió Osuna.
Por último, el ministro dejó claro que la implementación de esta ley será cuidadosa y estará acompañada de una serie de medidas complementarias para garantizar la verdadera protección y reparación de las víctimas.
Lo que establece la normativa actual
En Colombia, los delitos de violencia intrafamiliar y violencia de género tienen tipificaciones y sanciones específicas. De hecho, según el artículo 229 del Código Penal, la violencia intrafamiliar se castiga con penas de 4 a 8 años de cárcel para quien “maltrate física o psicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar”.
Esta pena se aumenta si la víctima es un menor de edad, una mujer, una persona mayor de 60 años, alguien en situación de discapacidad o en estado de indefensión.
Además, el feminicidio se ha tipificado como un delito autónomo en Colombia. La Ley Rosa Elvira Cely establece definiciones y condiciones para determinar el feminicidio, con penas de hasta 50 años para el feminicida.
Además, garantiza la investigación y sanción de las violencias basadas en género. La Corte Constitucional reconoce el derecho fundamental de las mujeres a estar libres de violencia y exige medidas para prevenir y atender la violencia en su contra. Con Infobae