25 de noviembre
Nacional

Seis de cada diez empresas ya implementan la reducción de la jornada laboral

Seis de cada diez empresas en Colombia ya implementaron la reducción de la jornada laboral que entró en vigor por Ley 2101 del 2021, por la cual se acortó, desde el 16 de julio del 2023, el horario de trabajo semanal de manera gradual de 48 horas a 47 horas sin disminuir el salario de los trabajadores.

Esto, según lo reveló un sondeo hecho por la Federación Colombiana de Gestión Humana (Acrip) a más de 100 empresas de distintos sectores y regiones del país.

El sondeo arrojó que a la fecha el 61,2% de las empresas ya implementaron la reducción de la jornada laboral; el 17,5% lo ha hecho de manera parcial; y un 21,4% dice no haberlo implementado aún.

Así mismo, según el análisis, más del 70% de las compañías opina que la reducción de la jornada laboral les conllevará a sobrecostos, porque hicieron cálculos que los llevan a pensar que el valor de la hora ordinaria de trabajo tendría una variación, lo que a su vez implicaría recalcular otros recargos adicionales que se convierte en gastos adicionales para las empresas.

“Los análisis sobre la implementación de la reducción de la jornada laboral son fundamentales no para cambiar la ejecución de una ley que ya entró en rigor, sino para analizar de cara a la reforma laboral qué decisiones pueden afectar el desarrollo empresarial y económico del país”, explicó la directora ejecutiva de Acrip, Mónica García Espinel.

Precisó que el 77,7% de las empresas manifiesta estar muy bien informadas sobre la expedición de la Ley 2101 de 2021, que reduce la jornada laboral en Colombia; mientras que un 15,5% dice que conoce algunas cosas; y un 6,8% dice no saber nada sobre la implementación de la ley.

El valor de la hora ordinaria se aumentaría

Para la Acrip, uno de los grandes inconvenientes que trae consigo la reducción de la jornada laboral son los sobrecostos y la posibilidad de despidos que puede ocasionar esta medida. Según el análisis de la federación, esto podría tener incidencia en el valor de la hora ordinaria de trabajo, lo que incrementaría el valor de la hora de trabajo de referencia para calcular otros recargos.

“La disminución de la jornada de trabajo no implicará la reducción de la remuneración salarial ni prestacional, ni el valor de la hora ordinaria de trabajo, ni exonera de obligaciones en favor de los trabajadores”, determina la ley.

Esto implicaría que el valor de referencia de una hora laborada aumente y, por ende, el valor de la remuneración por horas extras, recargos nocturnos y trabajo en dominicales y festivos.
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Entonces, este tipo de leyes, señaló Acrip, así como lo que busca plantearse en una nueva propuesta de reforma laboral debe ser consultado con expertos, gremios y actores del sector empresarial y laboral para que exista un verdadero equilibrio que beneficie al país.

Qué pasa si una empresa no cumple la Ley 2101 de 2021

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 14 del Código Sustantivo del Trabajo, “Las disposiciones legales que regulan el trabajo humano son de orden público y, por consiguiente, los derechos y prerrogativas que ellas conceden son irrenunciables”.

Con base en lo anterior, las compañías que incumplan la Ley 2101 corren el riesgo de recibir en su contra acciones legales por parte del trabajador, con el pago de indemnizaciones y multas por violar las normas laborales del país.

Del mismo modo, los trabajadores afectados por el incumplimiento de la ley podrán terminar el contrato de manera unilateral y podrán exigir las indemnizaciones concebidas en el artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo.

“El empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la referida comunicación al trabajador”.

El trabajador puede alegar que su salida de la compañía se dio por despido indirecto debido al incumplimiento de lo establecido en el contrato, la falta de pago de salarios, prestaciones sociales o el empeoramiento de las condiciones de trabajo. “El incumplimiento sistemático sin razones válidas por parte del patrono, de sus obligaciones convencionales o legales”, establece el Código Sustantivo del Trabajo.

Excepciones de la ley

Dentro de la Ley 2101 hay algunas excepciones para la reducción en la jornada laboral. No tienen derecho a la reducción a:

  • Servidores públicos, exceptuando a los que trabajen en empresas del Estado y sus vinculaciones, se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo.
  • Trabajadores con horarios especiales (que tengan jornadas inferiores al periodo mínimo semanal o que no cumplan con un horario de 8 horas).
  • Menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo.

Con Infobae

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