JEP tumbó fallo que evadía protección de víctimas acreditadas en tres departamentos
A través de una decisión de segunda instancia conocida en la tarde del jueves 22 de junio, la Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anuló un fallo de primera instancia emitido por la magistrada Lily Rueda, a cargo del macrocaso 07 del tribunal (Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado).
En esa sentencia fue rechazada la solicitud de estudiar mecanismos de protección para víctimas acreditadas que se encuentran en riesgo en los departamentos Santander, Guaviare y Meta. De acuerdo con la sección del tribunal, ya fueron emitidas alertas tempranas y también se detectaron situaciones de orden público que podrían afectar sus integridades.
Para los jueces, la togada cometió un desacierto al no adelantar acciones correspondientes a entrevistas o verificación en territorio para verificar si las víctimas sobre las cuales hay un riesgo realmente fueron identificadas y localizadas y así determinar si, efectivamente, las zonas donde residen se encuentran bajo amenaza.
En ese sentido, precisaron en el fallo, que bien pudo disponerse de reuniones con estas personas y sus representantes además de análisis de riesgos, inspecciones judiciales y otras actividades que permitieran a corto plazo la identificación de factores que puedan llegar a determinar un peligro para sus vidas en aras de cumplir con las medidas cautelares determinadas por la JEP.
Incluso, sugirieron que con la sentencia, la magistrada Rueda habría incurrido en una falta de atención, por ello, mencionaron en el fallo que en caso de encontrar desinterés en su despacho para la atención de estas víctimas debe tener en cuenta que está en medio la vida de las víctimas y, por lo tanto, tiene que reflejarse un esfuerzo por su protección.
En el fallo también se hizo un llamado de atención al despacho de Rueda por no acatar las medidas cautelares, por lo que organizaciones representantes de las víctimas tuvieron que pedir medidas de protección generando una mayor carga laboral al interior de la JEP.
“Es preciso indicarle a la Sala de Justicia que la desarticulación o disgregación de las solicitudes de cautelas relacionadas o vinculadas impuesta por virtud del sentido de su providencia–, es contrario a la razonabilidad al generar una duplicación de esfuerzos y, por ende, un desgaste institucional y de recursos”, añadió al respecto.
Por otra parte, la JEP anunció en la tarde del mismo jueves que se estudia la posibilidad de ordenar medidas cautelares para proteger los hornos crematorios que los paramilitares utilizaron, según el testimonio que Salvatore Mancuso entregó a esa jurisdicción durante los cuatro días de audiencia única de verdad.
Entre las medidas también se contempla ordenar la protección del predio en el corregimiento Juan Frío de Villa del Rosario y otro en el corregimiento Banco de Arenas de Puerto Santander, ambos en Norte de Santander.
El martes 20 de junio, la Cancillería y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (Ubpd) informaron sobre el avance de esas labores en la frontera con Venezuela. Allí, se desarrollan cuatro Planes Regionales de Búsqueda, Uno de estos está en el Catatumbo, en donde se halló un horno crematorio en el corregimiento de Juan Frío, en Norte de Santander.
Algunos de los sitios inspeccionados, en las últimas semanas, corresponden con lugares de inhumación, que ya habían sido documentados por la entidad perteneciente al Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición creado en el Acuerdo Final de Paz, de cuya intervención antropológica dependía la contrastación de información que orientara hacia las identidades de las personas dadas por desaparecidas. Fue en el acto de reconocimiento extrajudicial en donde se plantearon hipótesis sobre quienes podrían ser las personas inhumadas en estos sitios. Con Infobae