25 de noviembre
General

Colegios de Valledupar y el Cesar regresarán el lunes a la presencialidad

Por considerar que no existen pruebas suficientes que demuestren la vulneración de los derechos fundamentales, el Juzgado Segundo Penal Municipal para Adolescentes con funciones de control de garantías, consideró improcedente el amparo tutelar, que buscaba suspender la presencialidad educativa, en las instituciones oficiales de Valledupar y el Cesar.

La petición fue invocada por la Asociación de Educadores del Cesar (Aducesar), Trabajadores de la Educación de Colombia, Asómate, y el ciudadano Dubalir Ortiz Chinchilla, en contra de la Alcaldía de Valledupar, Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social, Secretarías de Educación municipal y departamental, Ministerio del Trabajo-Cesar y la Procuraduría.

En tal sentido, la autoridad judicial ordenó la tarde de este viernes, levantar la medida provisional del pasado 15 de julio que suspendió la presencialidad en los colegios por un periodo de 10 días, por lo que el personal docente, administrativo, logístico y estudiantil de los planteles educativos oficiales, podrán retomar las jornadas presenciales a partir del próximo lunes 2 de agosto de 2021.

La decisión fue avalada por la magistrada Laura Inés Maestre Lacoture, del Juzgado Segundo Penal Adolescente Municipal de Valledupar, aclarando que ante este fallo, procede el recurso de impugnación, lo que indica a las partes involucradas que pueden hacer uso de él, si a bien lo tienen.

RESPONDE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

A través de la Circular 055, dirigida a rectores y rectoras de las distintas instituciones educativas oficiales de Valledupar, el secretario de Educación, Iván Bolaños Baute, reiteró que se levanta la medida provisional que suspendía el ingreso de manera presencial a las aulas de clases en Valledupar.

“Conminamos de manera inmediata a todo el personal docente, administrativo y logístico a continuar con la prestación del servicio educativo de manera presencial bajo el estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos. Para los casos en que no pueda darse cumplimiento a los criterios y condiciones establecidas en la Resolución 777 del 02 de junio de 2021, deberá adoptarse por la modalidad de alternancia educativa, previo cumplimiento también de los protocolos de bioseguridad previstos”.

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