Mujeres elegidas por voto popular podrán acceder a licencia de maternidad
El proyecto es iniciativa de dos congresistas de Cambio Radical y fue aprobado este martes en la plenaria de la Cámara.
Al Congreso le quedan cuatro días para no dejar hundir proyectos que están esperando último debate para ser aprobados, por eso la reforma a la justicia, la iniciativa contra la comida chatarra y demás han hecho fila esta semana esperando que las cámaras respectivas los agenden en el orden del día.
Pero este martes se pudo programar la votación para el proyecto que le permite a las mujeres electas por voto popular obtener los mismos beneficios en prestaciones sociales que establece el Código Sustantivo del Trabajo de cualquier otra empleada del país. Es decir, ahora las diputadas, edilesas y concejales y otras podrán tomar su licencia de maternidad y contar con un reemplazo que se encargue de sus funciones por los tres meses.
Este proyecto está impulsado por la senadora Emma Claudia Castellanos y Ángela Patricia Sánchez Leal, representante a la Cámara por el partido Cambio Radical quien señaló que con la aprobación de esta iniciativa más de 70 diputadas, 100 edilesas y 15 concejalas de Bogotá, por ejemplo, podrán disfrutar de su periodo de crianza sin alguna interrupción relacionada a su labor.
Este es uno de los proyectos que busca la equidad de género y que ha sido impulsado por mujeres. Otro que va por el mismo lado es el de licencia compartida en la que los hombres también podrían tener permiso en sus trabajos para acompañar a sus bebés en las primeras semanas después del nacimiento. Este proyecto tiene como autores a la representante a la Cámara por la Alianza Verde, Juanita Goebertus y a José Daniel López, de Cambio Radical.
Uno de los puntos que más ha generado discusión es el artículo 2 que permitiría ampliar la licencia de los padres de 10 días, como está ahora, a ocho semanas. El Gobierno ha enviado sus conceptos negativos haciendo un llamado al impacto fiscal que tendría. Sin embargo, antes de la votación se creó una mesa de concertación en la que se definió que sí se ampliaría el plazo, pero ahora sería de forma gradual:
En 2021 el permiso para los padres quedaría de dos semanas, en 2022 de tres, 2023 de cuatro, 2024 de cinco, 2025 de seis semanas, 2026 de siete y 2027, finamente, de ocho. El parágrafo 2 indica que la licencia remunerada del padre estará a cargo de la EPS, “por lo cual se requerirá que el padre haya estando cotizando (a salud) efectivamente durante todo el periodo de gestación previo al permiso”. Este es otro de los cambios que hubo ya que el proyecto de ley 229 de 2020 indicaba que solo debía haber cotizado las dos semanas previas al parto.
En total serían 26 semanas contando las 18 que le corresponden a la madre y las ocho del padre, pero el proyecto aclara que ambos padres podrán distribuir libremente esos periodos, exceptuando las primeras 12 semanas que son obligatorias para la gestante.
“La madre deberá tomar como mínimo las primeras doce (12) semanas después del parto, las cuales serán intransferibles. El tiempo de licencia del padre deberá ser de mínimo ocho (8) semanas intransferibles. Las restantes seis (6) semanas podrán ser distribuidas entre la madre y el padre de común acuerdo entre los dos”.
Para esto se deberá realizar un documento firmado explicando cómo se distribuirán esas seis semanas siguientes y se presentará a sus empleadores en los 30 días posteriores contados a partir del nacimiento del o la menor y el médico tratante debe autorizar por escrito el acuerdo de los padres, a fin de garantizar la salud de la madre y el recién nacido. Con Infobae