Corte Constitucional aclaró que “toda la actuación del Congreso tendría plena vigencia»
En razón de la separación de los poderes, era necesario que el Congreso acudiera a su propio reglamento para poder hacer sus sesiones de forma independiente”. Explicó el presidente de la Corte Constitucional, Alberto Rojas, indicando que el análisis de la corporación sobre el artículo 12 del decreto 491 “es que se trata de una injerencia de un poder público en otro para determinar su actuación.
Rojas detalló que cada rama del poder público tiene su seguimiento de las normas constitucionales y pone como ejemplo que la Corte Constitucional, para poder sesionar virtualmente “tuvo que reformar sus reglamentos para habilitar sus sesiones. Esta reforma se hizo el 18 y 19 de marzo. 10 días después de que la corte habilitó sus reglamentos llegó el Gobierno con su decreto”.
Desde la Corte Constitucional se dejó claro que “toda la actuación del Congreso tendría plena vigencia. Cuando ellos actuaron tenían la presunción de constitucionalidad del decreto. La sentencia solo tiene efectos hacia futuro y no perjudica lo hecho por el congreso a pasado porque se presumía que los decretos eran constitucionales”.
El presidente de la corporación concluyó que están abogando para que ningún poder interfiera en el otro.
“Pueden ayudarse de forma armónica, pero no entrometerse. No puede haber un precedente de esta naturaleza que afectaría la democracia”.