¿Es trabajador público? Esta información le interesa
Ante el regreso progresivo de diferentes entidades públicas al trabajo presencial, el Departamento para la Función Pública emitió unas reglas que se deben cumplir en este proceso.
Desde hace algunas semanas, varios trabajadores públicos han sido convocados para laborar de manera presencial, lo que ha generado, en algunos casos, protestas sindicales de diversos sectores.
La convocatoria a los trabajadores públicos se ha hecho con base en los decretos que indican que ellos están exceptuados de la cuarentena, siempre y cuando sus labores estén orientadas a atender la emergencia por el coronavirus o su trabajo sea esencial en el Estado.
Es así como han podido salir a la calle ministros, alcaldes y gobernadores en varias partes del país.
Para evitar las confusiones, el Departamento de la Función Pública fijó reglas que aplican tanto para el trabajo en casa de quienes así lo sigan haciendo como para quienes vayan a hacerlo de manera presencial.
Lo primero que dejó claro el director de esta entidad, Fernando Grillo, es la condición que deben cumplir las organizaciones públicas que convoquen a actividades en persona.
“Sobre volver a los espacios físicos, es una decisión autónoma de cada entidad si regresa a las sedes físicas o continúa trabajando en casa. Lo que sí es obligatorio para cualquier entidad que decida volver es implementar, adoptar y adaptar los protocolos del Ministerio de Salud”, aseguró Grillo.
Las entidades nunca han dejado de prestar el servicio. Es importante aclarar que hemos reinventado la administración pública y la hemos adaptado en esta contingencia
Sobre las excepciones del trabajo presencial, el funcionario aseguró que “seguirán en casa prestando los servicios” los “mayores de 60 años, mujeres en estado de embarazo y quienes presenten morbilidades preexistentes identificadas como factores de riesgos para covid-19”.
Esto significa, en palabras de Grillo, “las personas que sufran de diabetes, hipertensión arterial, accidente cerebrovascular-ACV, VIH, cáncer, enfermedad pulmonar obstructiva crónica-Epoc y obesidad”.
Para quienes se deban quedar a trabajar en casa, cada entidad pública deberá establecer instrumentos de seguimiento a las actividades desarrolladas, las cuales, según la circular emitida por la Función Pública, “deberán estar directamente relacionadas con las funciones del empleo y con lo pactado en la evaluación de desempeño”.
Las reglas
Para el trabajo presencial, las entidades públicas deberán cumplir con una serie de normas que están acorde a las medidas de protección que han tomado las autoridades.
Entre ellas están implementar turnos, definir los elementos de protección personal y proveerlos a todos los servidores y contratistas, y desarrollar e implementar un protocolo de limpieza y desinfección permanente del lugar de trabajo.
Adicionalmente, se debe instalar la señalización necesaria en áreas comunes que permita delimitar el distanciamiento social y se deben limitar las reuniones y eventos presenciales, salvo en casos excepcionales, en los cuales se deberá restringir el número de asistentes y el tiempo de la reunión.
También se llama a las entidades públicas a incentivar el uso de medios de transporte alternativos e individuales como la bicicleta, motocicleta o vehículo propio, y a establecer, en coordinación con las Administradoras de Riesgo Profesional (ARL), las medidas que asesoren y hagan acompañamiento continuo para atender las necesidades de control del riesgo laboral.
Se espera que en las próximas semanas más trabajadores públicos se vayan integrando a sus actividades de manera presencial y quienes deban hacerlo en casa, lo sigan haciendo. eltiempo