24 de noviembre
Nacional

En vuelos nacionales no será exigida Cédula, en caso de pérdida

Los vuelos nacionales podrán hacerse presentando cualquier documento de una entidad gubernamental del estado, según la nueva reglamentación de la Aeronáutica Civil número 00141, ante la pérdida del documento de identificación (cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad o registro civil), 

Eso sí, las condiciones que debe tener dicho documento son: nombres y apellidos, número del documento de identidad y fotografía del titular, como el pasaporte, licencia de conducción, libreta militar o tarjeta profesional.

Aeronáutica Civil indicó que esta nueva reglamentación no modifica los requisitos de presentación de pasaporte.

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