27 de noviembre
Actualidad

Congreso de la República entra en sesiones extraordinarias

Tal como estaba previsto, el presidente Iván Duque Márquez convocó a sesiones extraordinarias al Congreso de la República entre este martes 17 y el viernes 20 de diciembre. Lo hizo a través del decreto número 2277.

El propósito es dar continuidad al procedimiento legislativo de los proyectos de Ley, que hacen referencia a la Reforma Tributaria, Ascensos Militares y de Policía, regulación de las sanciones para los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública y el de la Sesión de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público.

el siguiente es el contenido del Decreto Presidencial:

“Que de conformidad con el inciso tercero del artículo 138 de la Constitución Política, el Congreso de la República se reunirá en sesiones extraordinarias, por convocatoria del Gobierno Nacional y durante el tiempo que este señale, para ocuparse de asuntos que someta a su consideración, dentro de los cuales está darle continuidad al procedimiento legislativo de proyectos de ley prioritarios para el país, y aprobar o improbar los ascensos militares conferidos por el Gobierno.

Que el numeral segundo del artículo 200 de la Constitución Política, establece que corresponde al Gobierno Nacional, en relación con el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias.

Que de conformidad con el artículo 85 de la Ley 5 de 1992, «Por la cual se expide el Reglamento del Congreso; el Senado y la Cámara de Representantes», «Son sesiones ordinarias, las que se efectúan por derecho propio durante los días comprendidos entre el 20 de julio y el 16 de diciembre y el 16 de marzo al 20 de junio, gozando las Cámaras de la plenitud de atribuciones constitucionales.

Son sesiones extraordinarias, las que son convocadas por el Presidente de la República, estando en receso constitucional el Congreso y para el ejercicio de atribuciones limitadas. Que de conformidad con el artículo 313 numeral 7 de la Ley 5 de 1992 son atribuciones especiales del Senado de la República «Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno, desde Oficiales Generales y Oficiales de Insignia de la Fuerza Pública, hasta el más alto grado.»

Que el Decreto – Ley 1790 de 2000 expedido por el Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 578 de 2000, en el artículo 47 establece que «Los grados de oficiales generales y oficiales de insignia que confiera el Gobierno Nacional, se someterán a la aprobación del Senado de la República. Obtenida dicha aprobación, los ascensos producirán todos sus efecto4 desde la fecha señalada en el Decreto que los otorgó.»

Que los artículos 64 y 65 de la Ley 5 de 1992, crearon y establecieron las funciones de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, regulada por los artículos 2.2.1.6.1. a 2.2.1.6.9 del Decreto 1068 de 2015.

Que, de acuerdo con lo anterior, para el Gobierno Nacional es prioritaria la discusión de algunos proyectos de ley que están pendientes de surtir etapas en el trámite legislativo, así como la aprobación de Ascensos Militares y de Policía, por lo cual se considera necesario convocar a sesiones extraordinarias al Congreso de la República.

Se decreta:

Artículo 1. Convocatoria a sesiones extraordinarias. Convóquese al Honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias desde el 17 de diciembre hasta el día 20 de diciembre de 2019.

Artículo 2. Objeto de la convocatoria. Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo primero del presente Decreto, el Honorable Congreso de la República se ocupará de continuar con el trámite de los siguientes asuntos:

Trámite Legislativo del Proyecto de Ley número 278 de 2019 Cámara, 227 de 2019 Senado, «Por medio de la cual se adoptan normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 de 2018 y se dictan otras disposiciones.»

Trámite Legislativo del Proyecto de Ley número 163 de 2018 Cámara, 119 de 2019 Senado, «Por medio de la cual se regula las sanciones para los condenados por corrupción y delitos contra la administración pública, así como la cesión unilateral administrativa del contrato por actos de corrupción y se dictan otras disposiciones».

Trámite Legislativo del Proyecto de Ley número 280 de 2019 Cámara, 234 de 2019 Senado, «Por la cual se establecen exenciones de impuestos de carácter nacional y tributos aduaneros para la realización del campeonato masculino de fútbol internacional copa américa 2020».

Trámite Legislativo del Proyecto de Ley número 270 de 2019 Senado, 025 de 2018 Cámara, «Por medio de la cual se crea el registro nacional de obras civiles inconclusas de las entidades estatales y se dictan otras disposiciones».

Trámite Legislativo del Proyecto de Ley número 233 de 2019 Senado, 174 de 2019 Cámara, «Por medio del cual se crea la interoperabilidad de la historia clínica electrónica y se dictan otras disposiciones».

Trámite de aprobación de los Ascensos Militares y de Policía conferidos por el Gobierno Nacional. Previo agotamiento del trámite previsto en la Resolución de Mesa Directiva No. 079 del 06 de noviembre de 2015, y la expedición de los respectivos Decretos mediante los cuales el Gobierno Nacional ordena los ascensos a ser aprobados.

Sesión de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público con el fin de emitir:

Concepto definitivo a la Nación — Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio- para contratar un empréstito externo con KfW Banco de Desarrollo de Alemania hasta por la suma equivalente en dólares de los Estados Unidos de América de treinta y nueve millones, cuatrocientos cincuenta mil euros (EUR 39.450.000), con destino al financiamiento parcial del «Programa para el Saneamiento de Vertimientos de las Cuencas Chinchiná y Otún-Consota».

Concepto definitivo a la Nación — Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Departamento Nacional de Planeación- para contratar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 300.000.000), o su equivalente en otras monedas, «Programa de Fortalecimiento de las Políticas para la Inclusión Social, Productiva y Laboral de Personas con Discapacidad», cuyo destino es la financiación de apropiaciones presupuestales del Gobierno Nacional.

Concepto definitivo a la Nación — Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Justicia y del Derecho y Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado- para contratar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 15.000.000), o su equivalente en otras monedas, con destino a financiar el «Programa de fortalecimiento de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado».

Concepto definitivo a la Nación — Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Educación Nacional- para contratar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de sesenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 60.000.000), o su equivalente en otras monedas, con destino a financiar el «Programa de apoyo para la mejora de las trayectorias educativas en zonas rurales focalizadas».

Concepto definitivo a la Nación — Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Comercio, Industria y Turismo- para contratar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de veinticuatro millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 24.000.000), o su equivalente en otras monedas, con destino a financiar el «Programa de Apoyo a la Diversificación e Internacionalización de la Economía Colombiana».

Concepto definitivo a la Nación — Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio del Trabajo- para contratar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hasta por la suma de veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 20.000.000), o su equivalente en otras monedas, con destino a financiar el «Programa para Fortalecer Políticas de Empleo».

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