Pérdida de vigencia de la Ley de Víctimas impediría garantizar derechos a la verdad: Procuraduría
El Viceprocurador General de la Nación, Juan Carlos Cortés González, expresó que la pérdida de vigencia de la Ley de Víctimas desconoce los mandatos constitucionales relacionados con las medidas de reparación integral para la búsqueda de la paz, e imposibilita el cumplimiento del deber estatal de proteger, fortalecer y garantizar los derechos a la verdad, justicia y reparación de cerca de 9 millones de personas por el conflicto armado interno.
Así lo expresó Cortés González durante la audiencia pública sobre la vigencia de esa norma (Ley 1448 de 2011) citada por la Corte Constitucional para escuchar los conceptos de distintas entidades y organizaciones vinculadas con su aplicación.
El Viceprocurador señaló que en caso de expirar el término de aplicación de la ley se afectaría la integralidad de la implementación del acuerdo final, razón por la cual el órgano de control solicitó en su momento declarar inconstitucional la expresión de la norma que establece que la misma tiene una vigencia de 10 años, los cuales vencen el 10 de junio de 2021.
Precisó que, si expira la ley, se afectarían derechos como el de reparación, pues de acuerdo con cifras del Sexto Informe de la Comisión de Monitoreo y Seguimiento a la Ley de Víctimas, del total de 6’495.713 personas susceptibles de recibir una indemnización, solo el 13% la han recibido.
También se vería perjudicado el derecho a recibir ayuda humanitaria, que debe brindarse en cualquier circunstancia a quienes han sufrido desplazamiento forzado, y que está relacionado con el derecho a la vida, a la salud y el mínimo vital.
Igualmente, señaló, se afectarían los derechos de las comunidades étnicas, de las que hay 422 reconocidas y el 12% de los derechos individuales corresponde a víctimas que se reconocen como parte de una etnia.
El Viceprocurador indicó que la pérdida de la vigencia de la ley también tendría repercusiones negativas en el proceso de restitución de tierras, «que supone para las víctimas la posibilidad de recuperar las tierras perdidas con ocasión del conflicto armado».
Puntualizó que por tratarse de un tema de reconocimiento de derechos, la vigencia de la ley debería quedar abierta hasta que «el Estado logre cumplir con los compromisos jurídicos en materia de derechos fundamentales en relación con las víctimas o se tenga en cuenta la posibilidad del establecimiento de un régimen de transición. En todo caso se mantenga el criterio de que hay vigencia de la ley mientras se avanza en el cumplimiento del acuerdo final».