27 de noviembre
Actualidad

Por Cartel de la Hemofilia: Procuraduría formuló pliego de cargos al gobernador de Córdoba Edwin Besaile Fayad

Por presunta omisión frente al escándalo de corrupción conocido como el “cartel de la hemofilia”, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al gobernador de Córdoba, Edwin Besaile Fayad. Según la investigación, se pagaron más de mil 500 millones de pesos en el tratamiento y medicamentos a inexistentes pacientes con hemofilia y/o von Willebrand.

El órgano de control anunció también endilgó cargos a los execretarios de Desarrollo de la Salud, José Jaime Pareja Alemán; de Hacienda, Boris Felipe Zapata Romero, y a la exdirectora Financiera con Funciones de Presupuesto, María Eugenia Ferreira Chaar, actual Secretaria de Hacienda.

El Ministerio Público acusa al gobernador Besaile Fayad por presunta omisión en la vigilancia y control jerárquico de las funciones de su secretario de Desarrollo de la Salud.

Añade que encontró que pese a las observaciones realizadas por la Contraloría General de la República, el 4 de mayo de 2016, donde se evidenciaban deficiencias en la verificación de la prestación real del servicio de salud, el departamento, al parecer, posteriormente permitió o toleró el pago de más de 1.500 millones de pesos a favor de la IPS San José de La Sabana S.A.S., por concepto de suministro de medicamentos No POS a 14 pacientes que supuestamente padecían las enfermedades, al parecer, incrementando injustificadamente el patrimonio de la IPS.

A Pareja Alemán se le cuestionó porque presuntamente ordenó el pago sin realizar los controles efectivos, pese a conocer el documento de la Contraloría que evidenciaba inconsistencias en los procedimientos, documentos y controles que, al parecer, no permitían tener certeza de la prestación del servicio en cuanto a los medicamentos suministrados, los pacientes atendidos y los exámenes realizados.

Para la Entidad, Ferreira Chaar y Zapata Romero presuntamente desconocieron sus deberes funcionales al expedir el registro presupuestal de compromisos y ordenar el pago a favor de la IPS, por un servicio supuestamente prestado en la vigencia 2015 con recursos de 2016, sin que la supuesta obligación estuviera registrada en cuentas por pagar, ni tuviera un rubro destinado para una vigencia expirada.

La Procuraduría calificó provisionalmente la presunta falta de los investigados como gravísima a título de culpa.

DESTITUIDO E INHABILTADO 10 AÑOS

El pasado 27 de septiembre, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 10 años al gobernador de Córdoba, Edwin Besaile Fayad, y al exgobernador, Alejandro Lyons Muskus, por otro hecho de corrupcción: Irregularidades en pagos de terapias a menores de edad en condición de discapacidad.

A Besaile Fayad y Lyons Muskus la Procuraduría les reprochó no haber ejercido su deber de vigilancia y control sobre los actos de sus secretarios de Salud, lo cual permitió que se ordenaran pagos de terapias de rehabilitación a 2.181 menores de edad en condición de discapacidad, prestadas en el periodo comprendido entre diciembre de 2014 y agosto de 2015, por $4.988 millones, sin que mediara relación contractual entre el ente territorial y Funtierra Rehabilitación IPS.

El órgano de control también destituyó e inhabilitó por 11 años a los exsecretarios de Salud del departamento, Edwin Preciado Lourdy y José Jaime Pareja Alemán, por ordenar el pago de los servicios de salud a través de las resoluciones No. 00002 de fecha 13 de abril de 2016, No. 001267 del 20 de mayo de 2015, No. 001516 del 11 de junio de 2015, No. 002529 del 28 de julio de 2015, No. 002765 del 6 de octubre de 2015, No. 005223 del 4 de noviembre de 2015, No. 005806 de fecha 11 de noviembre de 2015 y No. 08320 del 15 de diciembre de 2015.

El Ministerio Público encontró que los disciplinados explicaron que los pagos obedecían al cumplimiento de fallos de tutela. No obstante, el órgano de control advirtió que aunque las decisiones judiciales debían ser acatadas, en este caso las órdenes consistían en la obligación de prestar el servicio y en ningún momento se dispuso omitir la celebración de un contrato.

La Procuraduría recordó que según lo señaló el Consejo de Estado, no se puede ordenar el pago de servicios que se hubieren ejecutado sin la previa celebración de un contrato, salvo que exista una amenaza o lesión inminente que pueda representar un perjuicio irremediable para la salud de las personas, eventualidad que admite ejecutar actividades sin contrato y no se presentó en este caso.

En este sentido, el órgano de control determinó que el ente territorial no se encontraba en una situación de urgencia que le impidiera planificar y adelantar el correspondiente proceso de contratación, pues conocía la necesidad que se venía presentando en los últimos años frente a la prestación del servicio y la reiteración de las tutelas.

 

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