Senado suspende a Musa Besaile y aplica la silla vacía
Por unanimidad, la plenaria del Senado aprobó la suspensión del congresista Musa Besaile Fayad, quien es procesado por el escándalo de corrupción de los sobornos en la Corte Suprema de Justicia. Además le aplicó la silla vacía, por lo cual el partido de la U pierde la curul.
La decisión la adoptó la alta corporación legislativa a petición de la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista, tras una sesión reservada a la que asistieron los legisladores Andrés Cristo Bustos, Ángel Custodio Cabrera, Orlando Castañeda , Antonio Navarro, Hernán Andrade, León Rigoberto Barón, Mario Fernández Alcocer y Teresita García Romero.
La Comisión de Ética analizó los documentos allegados al proceso relacionado con el caso del senador Musa Besaile, contra quien se libró una orden de capteura el pasado 5 de octubre y se entregó al día siguiente por el escandalo de corrupción en la Corte Suprema de Justicia.
Según el artículo 277 de la ley 5ª de 1992, que habla de la condición congresional, es procedente la suspensión del ejercicio de la función del congresista una vez se haya dado una decisión judicial en firme, razón por la cual, la Comisión de ética apela a esta norma para sustentar su dictamen.
En sus consideraciones la comisión señaló que de acuerdo con el artículo 186 de la Constitución Política, “de los delitos que cometan los congresistas, conocerá en forma privativa la Corte Suprema de Justicia, única autoridad que podrá ordenar su detención”.
Con fecha 15 de noviembre de 2017 la Dirección General Administrativa del Senado remitió a la comisión de ética el oficio número 39325 de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia, en el que informa que el 13 de octubre de 2017 se profirió medida de aseguramiento con detención preventiva en establecimiento carcelario, al senador Musa Besaile Fayad, a la cual este interpuso recurso de reposición que fue resuelto negativamente con auto de 2 de noviembre de 2017.
Se convocó a la comisión de ética para emitir el respectivo dictamen en la fecha, oficiando nuevamente a la Sala Penal de la Corte para que se allegue la decisión judicial en firme, de conformidad con el reglamento.
Providencia y certificación de ejecutoria remitida por la Corte el 17 de noviembre, junto con el auto que resolvió el recurso de reposición contra la medida de aseguramiento.
El inciso 4º del artículo 359 de Código de Procedimiento Penal establece con relación a la detención preventiva de los servidores públicos que en la misma providencia se solicitará a la autoridad respectiva que proceda a suspenderlo en el ejercicio del cargo; no obstante, la misma norma exceptúa al funcionario judicial de realizar esta solicitud, cuando a su juicio la privación inmediata de la libertad no perturbe la buena marcha de la administración.
Con fundamento en esas consideraciones la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista del Senado de la República determinada la legalidad y firmeza de la decisión emiten dictamen favorable sobre la suspensión de la condición congresional del senador Musa Besaile, muy a pesar de que en la providencia proferida por la Corte, en ninguna de sus consideraciones ni en la parte resolutiva ordena suspenderlo del ejercicio del cargo. Con RSF